Estas escenas han causado gran desazón entre los abogados que conocen de la situación, pero también una sensación de incredulidad, rechazo y sorpresa entre los ciudadanos comunes, hayan tenido o no asuntos con la justicia.
El país se encuentra embarcado en una reforma judicial que no puede circunscribirse solamente a cambios superficiales, pues la calentura no está en las sábanas. El mundo entero ha cambiado radicalmente en los últimos años: la información de los gobiernos y de las grandes empresas ya no se encuentra en hojas de papel. Los bancos mantienen las cuentas en bases electrónicas y los negocios de las bolsas de valores más importantes se han “desmaterializado”, permitiendo que la negociación de acciones y documentos se realicen sin que los papeles cambien físicamente de manos.
Es el momento en que nuestra organización judicial se incluya en la corriente del cambio tecnológico, y que la información de los procesos se guarde en bases electrónicas. La tecnología permite que los grandes depósitos de datos cuenten con seguridades que eviten su desaparición; tampoco pueden ser alterados de manera alguna, y se encuentran a disposición de los usuarios y de la ciudadanía con buscadores que permiten encontrar de manera fácil y rápida lo que, hasta este momento, se encontraba perdido entre las miles de fojas de un proceso.
Uno de los escándalos más comentados de estas fechas inclusive nos ha permitido conocer que, técnicamente, puede saberse si una sentencia fue redactada en un computador o en otro; la firma electrónica, utilizada en la escala general de la administración de justicia, determinará indudablemente quién es el autor de un documento y dará las seguridades propias de la fe pública.
Ojalá se produzcan los cambios que requiere una administración moderna de la justicia y que éstos se lleven a cabo con un requisito que no es negociable: el cumplimiento de la ley. El Estado de Derecho supone que la norma debe reformarse si no contiene una solución para el problema, no que ésta puede ser obviada o ignorada aunque los fines sean deseables.
Publicado el 14 de septiembre de 2011
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